A partir del 18 de abril se ha decretado la obligatoriedad de la emisión de la Nota Fiscal Electrónica (Factura Electrónica) a las compañías fabricantes de cigarros y distribución de combustibles líquidos de acuerdo al código tributario nacional 5,172 de 25 de octubre que entra en vigor a partir del 1 de enero del 2008.
Se define que se utilizarán los siguientes documentos electrónicos:
Para cada servicio de comunicación con la agencia tributaria (Secretaría Fazenda)para la comunicación de estos mensajes se realizan mediante Web Services.
Todo el intercambio de las Notas Fiscales Digitales se encuentran en XML utilizando las recomendaciones de la W3C, utilizando la codificación UTF-8, en donde es de gran importancia realizar la validación de los namespace agregando el namespace de XML Signature, de manera individual.
Toda la comunicación entre el emisor y la Secretaria de Hacienda mediante Web Services. Utilizando para ello los puertos SSL versión 3.0. (SOAP Versión 1.2)
La seguridad que se utiliza para la encriptación de lo mensajes es mediante un Certificado de Sello Digital emitido por la agencia certificadora de Brasil. Del tipo A1 o A3 en donde debe estar relacionado a la persona jurídica de la compañía
Brasil Factura Electrónica y DANFE
Mediante el código de barras 128 C de 44 posiciones se genera la impresión del Danfe, que contiene la siguiente información La impresión deberá de estar en 300 DPI con una área de 3 X 9 cm. La altura en la barra inferior es de 1.5 X 2.5 en la parte superior. En donde se utiliza un digito verificador.
El código de barras deberá de realizarse mediante un código de barras bidimensional en PDF 417, considerando la normativa de la nota fiscal electrónica.
Para adoptar una estructura de datos normalizada, desde la definición de las reglas encapsulación que se adoptará para la transmisión addendum B2B dentro de la cadena de proveedores de la empresa, de manera integrada con el NF-e y después del permiso de uso proporcionada por el Sefaz Autorizadora contribuyentes del distrito.
Otra innovación que aporta la presente nota técnica es la capacidad de la sociedad emisora y NF- utilizar su propio addendum B2B para notificar a sus clientes acerca de la ocurrencia de eventos vinculado a la NF-e, después de su permiso de uso, cancelaciones, cartas de corrección, entre otros.
La presente nota técnica no pretende definir normas específicas y sí guiar cómo utilizar la encapsulación y estándares de la industria, nacional o Internacional, que se reúnen un mayor número de empresas o emisores de NF-dirigida y reducir el costo de las personalizaciones específicas y contribuyendo.
Reafirmamos que la legislación no permite el uso del campo de información adicional y Adicional NF-y para el registro de las normas de B2B que no se reflejan en el documento adjunto la NF-e (DANFE) y B2B adiciones no necesitan ser enviados a Sefaz Autorizados.
El modo tecnológico de intercambio electrónico de documentos entre el emisor y el receptor deben que acuerden entre ellos, respetando la confidencialidad y los datos estándar de contenido fiscales establecidos.
Las formas más comunes de intercambio de información entre las empresas en el comercio electrónico (B2B)
Si requiere más información:
WhatsAPP Brasil Factura Electrónica
Telefono Móvil: 55-5507-2133
Otras formas de consulta: