Cancelación de Facturas Electrónicas
El proceso de cancelación se debe de realizar a partir del 1 de enero del 2002 considerando que se debe de tener un CFDI relacionado previamente
antes de efectuar la cancelación.
El proceso de cancelación se puede realizar de manera individual o de manera masiva considerando los siguientes tipos de mensajes:
- CFDI Nómina solo en el ejercicio
- CFDI Ingresos
- CFDI traslados
- CFDI Retenciones
- CFDI Pagos
Las condiciones para realizar el proceso de cancelación solo podrá realizarse de la siguiente manera:
- Si aprobación hasta 1,000 MXN
- Realizarla después del día hábil siguiente a la expedición
- Relacionar un CFDI
- Identificación del tipo de relación
- Validación del tipo de relación
Por lo anterior es importante cumplir con la estructura de la información.
Cancelación CFDI Retenciones
Los datos a considerar en las retenciones, como mínimo son los siguientes datos
- Folio fiscal (UUID) a ser cancelado
- UUID generado en la operación de timbrado del comprobante solicitado
- Clave del motivo de cancelación del comprobante
- RFC del emisor del (as) Retenciones a ser canceladas
- la fecha de la operación
Cancelación CFDI
Los datos a considerar en las retenciones, como mínimo son los siguientes datos
- Folio fiscal (UUID) a ser cancelado
- UUID generado en la operación de timbrado del comprobante solicitado
- Clave del motivo de cancelación del comprobante
- RFC del emisor del (as) Retenciones a ser canceladas
- la fecha de la operación
Contacto
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Telefono Móvil: 55-5507-2133
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