El Ministerio de Hacienda de Costa Rica de acuerdo a los decretos:
Se autoriza el uso de la factura electrónica en donde se pueden integrar los siguientes mensajes electrónicos factura electrónica, tiquete electrónico, nota de crédito electrónica y nota de débito electrónica,Siempre y cuando cumplan con los requerimientos técnicos utilizando XML y un Certificado de Sello Digital.
En el mes de mayo del 2012 el Ministerio de Hacienda determino que su uso será obligatorio en donde se comenzará con un determinado grupo de contribuyentes Los médicos, abogados, contadores y el resto de profesionales liberales, serán los primeros en usar, de forma obligatoria, la factura electrónica y paulatinamente se estarán incorporando nuevos contribuyentes de acuerdo a su nivel de ingresos a partir de enero del 2013.
La adopción de la Factura Electrónica, es obligatoria a partir del 2014, empezando con las personas físicas como abogados, doctores, y prestadores de servicio. La obligación de la Factura Electrónica en otros sectores está aun por definir su obligatoriedad. En donde la ley permite la creación de los siguientes documentos electrónicos utilizando una Firma Electrónica.
Los documentos con los que es permitido trabajar son los siguientes:
El uso de los comprobantes en Costa Rica con la versión 4.4. incluye la información de los siguientes tipos de mensajes:
Si requiere más información:
WhatsAPP Costa Rica Factura Electrónica
Telefono Móvil: 55-5507-2133
Otras formas de consulta: