Considera la emisión, transmisión certificación y conservación por medios electrónicos de facturas, notas de crédito y débito, recibos y otros documentos autorizados por la Superintendencia de Administración Tributaria. Documentos Tributarios Electrónicos (DTE).
El sistema del CERTIFICADOR debe tener la capacidad de envió de información en línea, para garantizar que la información se encuentre registrada en SAT de forma inmediata.
El formato en que se generarán los documentos tributarios electrónicos estan en XML o Lenguaje Extensible de "Etiquetado", proporciona una forma de aplicar etiquetas para describir las partes que componen un documento, permitiendo además el intercambio de documentos entre diferentes plataformas.
La anulación se realiza por una operación externa al DTE y no modificará en ningún caso un DTE ya certificado, la operación de anulación se realiza por medio de una operación que debe ser firmada por el EMISOR
Envío de una Anulación al API, Luego de enviar el DTE por medio del método POST, el API de SAT devolverá un mensaje con un código de éxito.
En donde es de gran importancia utilizar los diferentes catálogos de uso. catalogoFrases, Catalogo24052019-Produccion, Catalogo24052019-Desarrollo, catalogoUnidadesGravables, catalogoMensajes
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Telefono Móvil: 55-5507-2133
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